Guía · Sistema CAE en España

¿Qué son los Certificados de Ahorro Energético (CAE)?

Son el instrumento oficial que certifica el ahorro de una mejora energética y le da valor económico. Las comercializadoras de energía están obligadas a acreditar ahorro cada año y lo compran a quien lo genera: cada caldera que se sustituye por una bomba de calor puede convertirse en un incentivo para el cliente.

Marco normativo

Por qué el ahorro energético tiene valor

  1. 01

    Europa exige ahorrar energía

    Cada Estado miembro debe conseguir un ahorro de energía acumulado de aquí a 2030.

    Directiva (UE) 2018/2002
  2. 02

    España lo convierte en obligación

    Las comercializadoras de energía deben acreditar un ahorro cada año o pagar al Fondo Nacional de Eficiencia Energética.

    Real Decreto 36/2023
  3. 03

    El ahorro se certifica

    Las fichas estandarizadas fijan cómo se calcula cada ahorro, y un verificador acreditado por ENAC lo comprueba.

    Orden TED/815/2023
  4. 04

    Las comercializadoras compran CAE

    Fija la obligación de 2026, que puede cubrirse casi por completo comprando CAE a quien genera el ahorro.

    Orden TED/133/2026

Hoy el sistema suma 78.184 actuaciones en 12.415 expedientes (datos a 31 de octubre de 2026). Míralo en el Observatorio CAE

Los actores

Quién hace qué en el sistema CAE

  1. Beneficiario

    Quien hace la mejora: un particular, una comunidad de vecinos o una empresa. Genera el ahorro y recibe el incentivo.

  2. Novawatt

    Originador y agregador

    Identifica la actuación elegible, prepara el expediente y coordina cada fase. Agrega los ahorros por comunidad autónoma y año.

  3. Verificador

    Organismo independiente acreditado por ENAC. Comprueba que el ahorro es real y que la documentación es correcta.

  4. Sujeto delegado

    Empresa acreditada que coordina la verificación, presenta el expediente ante el Gestor Autonómico y solicita la emisión de los CAE.

  5. Sujeto obligado

    Comercializadora obligada a acreditar ahorro cada año. Compra los CAE, y de ahí sale el incentivo.

Sectores

Un mismo sistema para cada sector

El catálogo oficial del MITECO recoge 119 fichas estandarizadas. Cada una define cómo se calcula el ahorro y qué documentación hace falta. Tramitamos las de residencial, terciario e industria con la misma plataforma, la misma red técnica y la misma agregación.

Activo

Residencial

44fichas

  • AerotermiaRES060
  • HibridaciónRES090
Ver las 44 fichas
Activo

Terciario

38fichas

  • Bomba de calorTER040
  • Sustitución de calderaTER100
Ver las 38 fichas
Activo

Industrial

28fichas

  • Bomba de calorIND060
  • Sustitución de calderaIND040
Ver las 28 fichas
Próximamente

Transporte

7fichas

  • Vehículo eléctricoTRA050
  • Telemetría de flotasTRA020
Ver las 7 fichas
Consultar el catálogo completo
Cómo se tramita

De la instalación al CAE, en 5 pasos

  1. 1Nosotros

    Evaluamos la actuación

    Comprobamos que encaja en una ficha y estimamos el incentivo antes de empezar.

  2. 2El cliente

    Cede el ahorro

    El propietario firma la cesión del ahorro energético a cambio del incentivo.

  3. 3El instalador

    Ejecuta la instalación

    Hace la obra y sube la documentación a la plataforma.

  4. 4Nosotros

    Preparamos el expediente

    Reunimos y revisamos toda la documentación para que llegue completa a la verificación.

  5. 5Sujeto delegado

    Verificación y emisión

    Coordina la verificación con un organismo acreditado por ENAC y solicita la emisión de los CAE.

Calculadora

¿Cuánto CAE genera una instalación?

Elige la actuación y responde unas preguntas sobre la vivienda. En cada paso te explicamos qué influye en el incentivo.

Paso 1 de 9

¿Qué sistema de calefacción sustituye la bomba de calor?

El ahorro se mide frente a la caldera que se retira: sin sustitución no hay CAE.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan sobre los CAE

Un CAE es un documento electrónico oficial que acredita que, tras una actuación de eficiencia energética verificada, se ha generado un nuevo ahorro de energía final de 1 kWh. Ese ahorro tiene valor: las comercializadoras de energía están obligadas por ley a acreditar ahorros cada año y pueden comprárselos a quien los haya generado. En la práctica, una bomba de calor, unas ventanas nuevas o una iluminación LED pueden convertir su ahorro en un incentivo para quien hace la mejora.

La Directiva Europea de Eficiencia Energética (2018/2002) obliga a todos los Estados miembros a establecer sistemas de ahorro energético. En España, el Real Decreto 36/2023 implementó ese mandato creando el Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE): cada año, las comercializadoras de gas y electricidad deben acreditar que han contribuido a generar un porcentaje de los ahorros que marca el Gobierno (1,5 % en 2026). Si no cumplen, pagan al Fondo Nacional de Eficiencia Energética. Por eso les interesa comprar esos ahorros.

El originador identifica la actuación elegible, reúne la documentación técnica y construye el expediente hasta dejarlo listo para que el sujeto delegado lo presente. Sin un expediente bien construido, el verificador no puede emitir su dictamen. Novawatt es originador y, además, agregador: junta los ahorros de muchas actuaciones por comunidad autónoma y año, para que incluso las pequeñas lleguen al CAE.

El precio no está fijado: lo marca el mercado entre las comercializadoras que compran y quienes generan el ahorro, a través de un sujeto delegado. El incentivo depende del ahorro que genera la actuación, que calcula la ficha, y del precio acordado. En una instalación de aerotermia suele suponer entre el 15 y el 30 % del presupuesto. Puedes calcular el de tu instalación con nuestra calculadora.

Cualquier persona física o jurídica que mejore la eficiencia energética de un edificio o instalación existente: propietarios de viviendas, comunidades de propietarios, empresas con instalaciones industriales o terciarias y ayuntamientos. También los instaladores, que pueden incluir el incentivo en sus presupuestos, y los fabricantes, que lo ofrecen a su red.

En muchos casos se puede tramitar el CAE de una actuación ya ejecutada, siempre que esté dentro del plazo admisible (hasta 3 años desde la finalización). Lo que no se puede recuperar es el acuerdo previo: si la ficha lo exige expresamente, su ausencia puede comprometer la elegibilidad. Por eso revisamos siempre cada caso antes de iniciar el expediente.

Sí: 3 años desde la fecha de finalización de la actuación. Aun así, cuanto más tiempo pasa, más difícil resulta reunir la documentación completa (facturas, albaranes, fichas técnicas). Conviene empezar cuanto antes tras terminar la instalación.

En la mayoría de casos, sí. Los CAE son compatibles con las deducciones de IRPF por mejora de eficiencia energética, con las ayudas autonómicas y con los fondos Next Generation EU (PRTR), salvo que la convocatoria excluya expresamente otras fuentes de financiación. La incompatibilidad más habitual es con las ayudas del propio Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE). Conviene revisar siempre las condiciones de cada programa.

No. El sistema CAE financia solo mejoras de eficiencia en edificios e instalaciones existentes. Una vivienda de nueva construcción, aunque use aerotermia, no es elegible: tiene que haber un sistema previo menos eficiente que se sustituya o mejore.

Normalmente lo asume el sujeto delegado, que lo descuenta de la contraprestación o lo incluye en su margen de gestión. En cualquier caso, debe quedar claro en el acuerdo previo. Con Novawatt, la tramitación no tiene coste directo para el instalador ni para el propietario.

Sí. Varias fichas residenciales tienen una variante «S» (por ejemplo, RES010S, RES020S, RES060S o RES070S) dirigida a consumidores vulnerables, vulnerables severos o en riesgo de exclusión social. Cubren las mismas actuaciones que la ficha base (envolvente, ventanas, bomba de calor, electrodomésticos…), con su propia tramitación y condiciones.RES010S →RES020S →RES060S →RES070S →Todas las fichas residenciales →
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Por Elias Amsellem, Director General y fundador de NovawattActualizado:

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