TER110 · Sustitución de compresor para instalación frigorífica o de climatización
v1.2· versión vigente
1 actuación presentada
- Actuaciones
- 1
- Expedientes
- 1
- Desfavorables
- —
- Aún sin resoluciones suficientes
Por comunidad autónoma: Cataluña 100 %.
Datos abiertos del MITECO a 30 de septiembre de 2026. Ver la ficha en el Observatorio CAE
Ámbito de aplicación
Sustitución del compresor o compresores de un sistema de refrigeración de una instalación frigorífica existente en un establecimiento, manteniendo el resto de elementos principales y la demanda frigorífica invariable. La ficha es válida siempre que el nuevo compresor, o compresores, se mantengan en el mismo sistema frigorífico, y para el mismo desempeño. Se excluyen del ámbito de aplicación: a) Sustitución de compresores fabricados con posterioridad a la implantación del Reglamento (UE) 2015/1095 de la Comisión, de 5 de mayo de 2015. b) Sustitución de equipos existentes por otros reparados y/o reutilizados. c) Actuaciones de reparación o mantenimiento de los equipos existentes. d) Actuaciones asociadas a ampliaciones o disminuciones de la potencia frigorífica demandada. e) Sustitución de unidades de reserva. Sólo será aplicable a las instalaciones frigoríficas descritas en el ámbito del Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias. No será aplicable para la sustitución de compresores cuya condensación sea realizada por otro circuito frigorífico (sistemas doble salto, cascada, “water loop” o similares). 1 Sistema de refrigeración es el conjunto de componentes interconectados que contienen refrigerante y que constituyen un circuito frigorífico cerrado, en el cual el refrigerante circula con el propósito de extraer o ceder calor (es decir, enfriar o calentar) a un medio externo al circuito frigorífico.
Requisitos
Los compresores sustituidos deben ser retirados de la instalación a la que prestas servicio, no pudiendo mantenerse ni siquiera como reserva. La puesta en funcionamiento requiere de una empresa frigorista habilitada, que se acreditará mediante la correspondiente inscripción en el Registro habilitado por el órgano competente de la comunidad autónoma.
Texto del apartado 1 y 2 de la ficha oficial (v1.2).
Criterios de verificación del MITECO
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Historial de versiones
Versión vigente: v1.2 · Nueva versión (v1.1 → v1.2)
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